Si usted es trabajador independiente tenga muy presente que a partir de este mes los pagos que haga por EPS y pensión los podrá realizar con mes vencido. Es decir, que las obligaciones que se le exigen por ser contratista las podrá cancelar cuando haya terminado el mes y no previo al inicio de este, como hasta ahora se venia haciendo.
La medida se tomó teniendo en cuenta que el pago previo de estas prestaciones suponía una carga financiera complicada para los contratistas. Y según el Ministerio de Salud, “aplica a todas las personas que pagan sus aportes al sistema de seguridad social como trabajadores independientes; es decir, alrededor de 1,8 millones de cotizantes”.
El cambio obliga a que las EPS presenten los servicios de salud independientemente de que el pago se realice con la modalidad de mes vencido. En el caso de pensiones los aportes se reflejarán un mes después del trabajado.
“Era una promesa de hace cuatro años, había que hacerla efectiva. Lo que se busca es que la gente tenga flujo de caja. Esto debería complementarse con la corrección de las disfuncionalidades. Es deseable para el grupo de personas que están en prestación de servicios; el ideal es que la contratación directa sea la que se estimule cada vez más”, afirmó Iván Jaramillo, director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario.
Algo que sigue igual es que si un trabajador independiente tiene más de un contrato de prestación de servicios, tendrá que pagar las obligaciones correspondientes por cada uno de estos. La cartera de Salud dijo que “el contratista debe sumar los ingresos mensuales de todos sus contratos y sobre dicho valor calcular el 40 %. Sobre este monto se deben hacer los aportes al sistema de seguridad social integral como trabajador independiente con contrato de prestación de servicios” .
FUENTE EL COLOMBIANO